1) Mayo de 2013

El Tribunal Supremo declaró abusivas las cláusulas suelo debido a su falta de transparencia.

Por que las entidades bancarias no se aseguraron de que sus clientes adquirían un perfecto conocimiento de la cláusula suelo y su trascendencia, ya que:

  1.  No advirtieron a los clientes de que la cláusula suelo era un elemento esencial del contrato de la hipoteca.
  2.  No ofrecieron información acerca del comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar el préstamo hipotecario.
  3.  Tampoco ofrecieron a los clientes información sobre el coste comparativo del contrato de préstamo hipotecario con cláusula suelo, con otros productos financieros.

2)  Marzo de 2015

El Supremo confirma la nulidad de las cláusulas suelo, pero rechaza la retroactividad en las devoluciones.

En el año 2015 la sala civil del Tribunal Supremo, reunida en pleno, reafirmó doctrina por la que se declaraba la nulidad de las denominadas cláusulas suelo por falta de transparencia, aunque matiza que el efecto restitutorio de las cantidades ya pagadas se producirá sólo con efectos desde el 9 de mayo de 2013.

3) Diciembre de 2016

El Tribunal de justicia de la UE se ha pronunciado en relación a la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo en sentido favorable a los consumidores por lo que la anulabilidad de las cláusulas suelo lo será desde el inicio del préstamo hipotecario.

4) Febrero de 2017

El pleno de la sala primera del Tribunal declaró por primera vez  la nulidad de la cláusula suelo de una hipoteca del BBVA y  concedía efectos restitutorios desde la fecha de suscripción del préstamo hipotecario, por lo que por primera vez la nulidad adquiere carácter de retroactividad total aplicada por un tribunal Español.

Por todo ello, actualmente las cláusulas suelo son nulas desde la constitución del préstamo hipotecario y todos los consumidores afectados tienen derecho a recuperar su dinero, desde que se les ha estado aplicando dicha cláusula.

CDH Abogados se pone a su entera disposición, para examinar su caso sin coste alguno, estudiar su viabilidad y tramitar la reclamación de las cantidades correspondientes a la nulidad de la cláusula suelo de su préstamo hipotecario.